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Viernes 6 de noviembre de 2026 · San Martín Texmelucan, Puebla

Queda firme condena de 8 años y 8 meses por ataque armado en Tehuacán

La Fiscalía informó que la sentencia contra Ernesto N. y Diana N. quedó firme tras vencer el plazo legal sin inconformidades; Ernesto N. también fue condenado por retener a un acompañante.

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Foto: Puntual

Lo que debes saber

  • Ernesto N. y Diana N. recibieron 8 años y 8 meses de prisión por tentativa de homicidio.
  • Ernesto N. también fue sentenciado por retener a un acompañante con una pistola tras el ataque.
  • La resolución quedó firme porque venció el plazo legal sin que las partes presentaran inconformidades.

La Fiscalía General del Estado (FGE) informó que la condena contra Ernesto N. y Diana N. quedó firme, luego de que venció el plazo legal sin que las partes presentaran inconformidades. Ambos fueron sentenciados a 8 años y 8 meses de prisión por tentativa de homicidio, y Ernesto N. recibió además una pena adicional por retener a un acompañante.

Los hechos ocurrieron la noche del 25 de julio de 2020. De acuerdo con la autoridad, Ernesto N. y Diana N. llegaron en un Honda Civic, acompañados de otros dos hombres, a la calle 28 Sur de la colonia Venustiano Carranza, en Tehuacán. Una discusión terminó en disparos, y ambos dispararon contra un hombre que resultó herido en tórax, abdomen y extremidades, con lesiones que pusieron en riesgo su vida.

Retuvo a un acompañante con una pistola

Después del ataque, los involucrados se trasladaron al estacionamiento del hotel Mex Mar, en la colonia El Riego. Ahí, según la investigación, Ernesto N. amenazó con una pistola a uno de sus acompañantes y lo mantuvo retenido hasta la mañana siguiente. La intención, de acuerdo con la FGE, era impedir que avisara a la Policía de lo ocurrido.

Por privar de la libertad a ese acompañante, a Ernesto N. se le declaró compurgada una pena adicional de un año, es decir, ya cubierta. Ese delito es el de privación ilegal de la libertad, por el que fue condenado junto con la tentativa de homicidio.

Pruebas y sentencia

Durante el proceso, el Ministerio Público presentó pruebas periciales balísticas, criminalísticas y médicas, además de inspecciones oculares realizadas en el lugar de los hechos. Con esos elementos, la Fiscalía acreditó la responsabilidad de Ernesto N. y Diana N. en la agresión que puso en riesgo la vida de la víctima.

La FGE explicó que la resolución causó ejecutoria, es decir, adquirió firmeza al concluir el plazo legal sin inconformidad de las partes. La sentencia también contempla la suspensión de derechos civiles y políticos, amonestación pública y reparación del daño moral y material en favor de las víctimas.

Con la resolución firme quedan en pie las condenas por el ataque ocurrido en 2020 y por la retención de uno de los acompañantes, a quien Ernesto N. amenazó para evitar que denunciara lo sucedido.